Micelio
Auto10 de julio de 2024

A- de 2024

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Martha Liliana Laguna Leal·Demandado Fuerza Aerea Colombiana €? Comando Aereo De Combate No. 4

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 3 Administrativo Oral del Circuito de Girardot (Cundinamarca) y el Juzgado Penal del Circuito de Melgar (Tolima).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones sobre el factor territorial.

Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se produjo y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte accionante.

La Corte dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Penal del Circuito de Melgar para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 21 de mayo de 2024 proferido por el Juzgado Penal del Circuito de Melgar, Tolima, dentro de la acción de tutela formulada por la señora Martha Liliana Lagua Leal contra la Fuerza Aérea Colombiana - Comando Aéreo de Combate No. 4 de Melgar, Tolima, el capitán Julián David Perilla Pinto y el Sargento, subteniente Julián Felipe Tolosa Garzón.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4691 al Juzgado Penal del Circuito de Melgar, Tolima para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
  3. Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a la accionante y al Juzgado 3 Administrativo Oral del Circuito de Girardot, Cundinamarca de la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.